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Solo transportamos mascotas domésticas, perros y gatos. En las condiciones establecidas por este reglamento.
El transporte de mascota es gratuito y no tendrá ningún costo adicional. En caso de presentarse alguna irregularidad en la taquilla o en el vehículo favor comunicarse al 317 659 4949 o al fijo (1) 825 53 58
La empresa tiene establecida una política sobre tabaco, alcohol y drogas, con el objetivo de prevenir, mejorar y mantener la salud y el bienestar de sus trabajadores, asegurando un ambiente de trabajo libre del consumo de dichas sustancias y garantizando las condiciones que permitan un adecuado desempeño de sus funciones.
La empresa tiene consciencia de que el tabaquismo, el alcoholismo y el consumo de drogas ilícitas, produce efectos dañinos para la salud y para la seguridad, interfiriendo en la productividad y en la eficiencia del trabajo y comprometiendo los desempeños profesionales y de la empresa.
Esta política entrará en vigencia a partir de su firma y posterior publicación en las instalaciones de todas las operaciones de la empresa y se aplica a todos sus empleados y contratistas in house. Así, la empresa, adopta las siguientes directrices, orientadas a todos sus empleados y contratistas, en caso de requerirse, para garantizar el cumplimiento de su política:
• Está explícitamente prohibido fumar en el interior de las instalaciones de la empresa, así como en el interior de sus vehículos de servicio.
• Está terminantemente prohibida la utilización, posesión, distribución y venta de drogas ilícitas y bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones de la empresa, o en cualquier lugar en que se realice actividad de la misma, en cuyo caso, el cargo de mayor jerarquía será responsable del cumplimiento de esta política.
• También está prohibido para todos los empleados, presentarse en la empresa bajo el efecto de alcohol o drogas ilícitas, así como consumirlas o incitar a consumirlas en dicho sitio.
La empresa podrá realizar pruebas de alcohol y drogas directamente o a través de terceros, tanto a empleados como a contratistas, así como inspecciones en los lugares donde se desempeñe operativa y administrativamente la empresa, cuando existan razones para sospechar de abuso de alcohol y drogas, cuando un trabajador o contratista esté involucrado en un accidente y deba descartarse una relación con uso o abuso de estos.
La violación de esta política, así como la oposición a las inspecciones o toma de muestras, se considera falta grave y en consecuencia la empresa puede adoptar medidas disciplinarias, inclusive dar por finalizado el contrato de trabajo por justa causa de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo y la ley según el caso. Para el cumplimiento de esta política, la empresa contará con medios que permitan promover, divulgar y facilitar el cumplimiento de la política.
La prevención de accidentes de tránsito en el desarrollo de sus labores, es la directriz de TRANSPORTES REINA S.A., para lo cual todos sus empleados, contratistas y afiliados son responsables de la participación en las actividades que se desarrollen con el fin de reducir la probabilidad de accidentes de Tránsito, que puedan afectar la integridad física, mental y social de todas las personas que estén en contacto con las labores de la conducción, así como en los desplazamientos hacia sus lugares de trabajo.
Para cumplir este propósito TRANSPORTES REINA S.A., se basa en los siguientes parámetros:
La empresa Transportes Reina S.A., se compromete a cumplir con los requisitos aplicables a la Seguridad Vial y a evaluar constantemente la progresividad en dicho tema, con el fin de cumplir con una mejora continua, que le permita a la compañía disminuir los riegos en temas de accidentalidad y seguridad vial.
Esta política entrará en vigencia a partir de su firma y posterior publicación en las instalaciones de todas las operaciones de TRANSPORTES REINA S.A., y aplica a todos sus empleados.
Para TRANSPORTES REINA S.A., es de vital importancia la seguridad y bienestar de nuestros trabajadores y usuarios, por lo tanto, se estableció que el uso del cinturón de seguridad es de carácter obligatorio para los conductores de la empresa, adicional se estipulo el uso del mismo como elemento de protección personal.
De acuerdo con lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito; Ley 769 de 2002, Artículo 82 y la resolución 19200 de 2002 la cual indica que:” partir del año 2004 los vehículos fabricados, ensamblados o importados se les exigirá el uso de cinturones de seguridad en los asientos traseros, con las características técnicas de fijación y anclaje contempladas en el artículo 2° del citado acto administrativo”.
La empresa estableció los siguientes controles para el del uso de cinturón de seguridad según la ley 769 de 2002.
El incumplimiento a lo dispuesto en la presente política implica sanciones disciplinarias internas de no cumplir con el respectivo uso.
Para TRANSPORTES REINA S.A.,
Se solicita al pasajero llegar al sitio de abordaje con mínimo 30 minutos de anticipación
No se devuelve dinero. Se reexpedirá el tiquete según disponibilidad.
No se responde por joyas, valores o equipos de tecnología al interior de los mismos.
Este tiquete solo es válido hasta el destino indicado, en la fecha y hora acordada.
Solo se transportan mascotas domésticas como perros y gatos, en las condiciones expuestas en el reglamento publicado en la página https://transreina.com/informacion-corporativa/
El transporte de equipaje responsabilidad de la empresa debe ir en las bodegas y debidamente etiquetado con ficha de equipaje por parte del conductor.
La empresa no responderá por equipaje transportado fuera de las bodegas. las condiciones están expuestas en el reglamento publicado en la página https://transreina.com/informacion-corporativa/